Blues por una mesa de derecho
Siguiendo los lineamientos del colega Tlacuache, dedicaremos a estas líneas a realizar un somero estudio de cierta mesa directiva de alguna universidad dentro de un país latinoamericano.
Efectivamente, debemos de realizar una distinción básica entre los conceptos de poder y autoridad, más sin embargo, añadiremos uno más: el imperio. El vulgo ignorante, responde a la idea de imperio (del latín imperium) como un estado supranacional (en el mejor de los casos) que integra un número de dos o más estados bajo su mando o dirección. Sin embargo, debemos de regresar a las raíces de la palabra, como significativa del concepto de mando o dirección, a la cual los romanos diferenciaban de la auctoritas en términos de la res publica: mientras el imperium era sustentado por los cónsules, la auctoritas emanaba del senado, representación de la clase patricia de la ciudad. Por tanto, la autoridad constituye un acto en virtud del cual, aquel órgano o individuo que se encuentra investido de la soberanía estatal ordena a aquel que ejerce la faculta de imperium para que ejecute sus órdenes (poder ejecutivo). El poder, más que un concepto jurídico, constituye una forma dentro de la gama comprendida por al teoría política, indeterminado y de dificil definición.
Por otra parte, encontramos en la teoría pura del estado un tercer concepto: la jurisdictio. La jurisdicción, como acto de interpretación y aplicación de las normas que emanan de la auctóritas senatorial (así como de la concilia plebis), cuya ejecución estará a cargo del cónsul o rama ejecutiva de la ciudad (aunque en la ciudad romana los cargos administrativos se ejercían en forma dual).
Ahora bien, ¿Cuál es el problema y cómo se aplica al caso concreto de la mesa de derecho? Que desde la misma roma, las funciones de cada uno de los órganos se encontraba perfectamente delimitadas (principio del estado de derecho), pero en la estructura cuasi jurídica de la universidad referida, aquel investido de jurisdictio (el poder judicial) legisla (sin que se establezca que el sistema sea de derecho consuetudinario) y ejerce facultades de revisión fiscal propiamente administrativas. El poder ejecutivo organiza fiestas (sin tener claro cúal podría ser otra facultad del mismo) y el poder legislativo se encuentra integrado por miembros de las distintas mesas directivas de cada carrera universitaria que no crea las normas, y claro, a imagen del desconcierto constitucional mexicano sobre la estructura del sistema encontramos un tribunal electoral, que conoce sobre los recusros interpuestos en su contra por los particulares (que no son otros que los pendejos estudiantes) llamándole curiosamente apelación, cuandod e acuerdo al término, para que exista es necesario llamar a otro órgano con jurisdicción original (quye sería el poder judicial) para que conozca del recurso, por lo que realmente nos encontraríamos ante una vil y llana revocación.
Ahora bien, al suerte de las mesas es parecida. Contamos con un presidente, un secretario, un coordinador de eventos, un coordinador estudiantil y un tesorero, cada uno con su función establecida (quizás no tanto els ecretario, que podría pasar como gato/esclavo/famulus/servus de la presidencia)
El problema inicia cuando uno de los miembros carga con las responsabilidades de todos los demás, por delegación tácita ante su propia inactividad. Otro problema sería la invasión violenta de facultades, que de igual manera llevaría, ahora sí, a un conflicto de poderes. Por lo tanto, se estima necesaria la delegación expresa de facultades extraordinarias que con un evento extracurricular podrían surtir, y sin embargo, la desgracia última llega cuando aún delegadas dichas facultades, los destinatarios del mandato, en términos populares, se hacen pendejos, volviendo a recaer el cúmulo de facultades en una persona, la cual no cuenta con la facultad (¿o prerrogativa) de representación, por lo que aquel que la sustenta (el presidente, de presidium, presidir), encontrándonos ante un acto arbitrario e injusto al mismo tiempo.
Así ninguna representación, ya sea ciudadana o estudiantil, puede sobrevivir. La sombra de la ocloracia o tiranía se asoma entre los trámites burocráticos, obscuros e ilusos, que no puede conducir a otro puerto, que a la chingada.
Su alteza serenísima (Jellinek wannabe)

